Artículo 137 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla de cómo la Institución premia públicamente a sus miembros por hacer un buen trabajo o por tener una carrera ejemplar. Los premios pueden ser desde recompensas y condecoraciones hasta menciones honoríficas, y sirven para motivar a la gente, ayudarles a crecer profesionalmente y fortalecer el orgullo de pertenecer a la institución. Los otorga el Consejo Federal, siguiendo reglas de justicia y según el presupuesto disponible, pero ojo: por una misma acción solo puedes recibir un premio. Finalmente, cada premio debe ir acompañado de un documento oficial que se guarda en tu expediente y, si aplica, te da permiso para portar la medalla o distintivo.
Texto oficial
Artículo 137.- El régimen de estímulos es el mecanismo por el cual la Institución otorga el reconocimiento público a sus Integrantes por actos de servicio meritorios o por su trayectoria ejemplar, para fomentar la calidad y efectividad en el desempeño del servicio, incrementar las posibilidades de promoción y desarrollo de los Integrantes, así como fortalecer su identidad institucional. Comprende las recompensas, condecoraciones, menciones honoríficas, distintivos y citaciones, por medio de los cuales la Institución reconoce y promueve la actuación heroica, valiente, ejemplar, sobresaliente, y demás actos meritorios de sus Integrantes. Los estímulos se otorgarán a los Integrantes por el Consejo Federal, sujetándose a los principios de justicia, equidad, proporcionalidad y conforme a las disposiciones presupuestales en la inteligencia de que por una misma acción no se podrá otorgar más de un estímulo, ni sumarse para otorgar otro. Todo estímulo otorgado por la Institución será acompañado de una constancia que acredite el otorgamiento del mismo, la cual deberá ser agregada al expediente del Integrante y en su caso, con la autorización de portación de la condecoración o distintivo correspondiente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.