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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LPF_220814/149
Ley
REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Artículo
149

Artículo 149 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el sueldo que se fija para cada puesto en los tabuladores (que son las listas oficiales de salarios) es el pago completo que se le debe dar al trabajador por su trabajo. Ese sueldo ya incluye todo lo que le toca, pero no quita que también reciba otras prestaciones que ya estaban acordadas, como aguinaldo o prima vacacional. En otras palabras, el salario base es lo mínimo que le deben pagar, y aparte puede recibir beneficios extras.

Texto oficial

Artículo 149.- La contraprestación que se asigne en los tabuladores para cada puesto, constituirá el total que debe pagarse al Integrante a cambio de los servicios prestados, sin perjuicio de otras prestaciones ya establecidas.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal (pág. 136) ↗

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