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Artículo 151 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 151 dice que les van a dar un seguro a las personas que dependen económicamente de los miembros de alguna institución o grupo. Ese seguro cubre dos cosas: si el integrante se muere o queda incapacitado de por vida mientras está haciendo su trabajo. "Incapacidad total o permanente" significa que no puede volver a trabajar por una lesión o enfermedad grave relacionada con sus funciones. Básicamente, se busca proteger a la familia del trabajador si algo malo le pasa en el cumplimiento de su chamba.

Texto oficial

Artículo 151.- Se establecerán sistemas de seguros para los dependientes económicos de los Integrantes, que contemplen el fallecimiento y la incapacidad total o permanente acaecida en el cumplimiento de sus funciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 136) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.