Artículo 151 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 151 dice que les van a dar un seguro a las personas que dependen económicamente de los miembros de alguna institución o grupo. Ese seguro cubre dos cosas: si el integrante se muere o queda incapacitado de por vida mientras está haciendo su trabajo. "Incapacidad total o permanente" significa que no puede volver a trabajar por una lesión o enfermedad grave relacionada con sus funciones. Básicamente, se busca proteger a la familia del trabajador si algo malo le pasa en el cumplimiento de su chamba.
Texto oficial
Artículo 151.- Se establecerán sistemas de seguros para los dependientes económicos de los Integrantes, que contemplen el fallecimiento y la incapacidad total o permanente acaecida en el cumplimiento de sus funciones.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.