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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LPF_220814/152
Ley
REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Artículo
152

Artículo 152 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada quincena te tienen que pagar justo donde trabajas. Tu pago debe ser en moneda mexicana, ya sea con un cheque o con una transferencia a tu cuenta de banco. No pueden darte monedas extranjeras ni pagarte en otro lugar que no sea tu trabajo. Esto aplica para todos los trabajadores, a los que aquí se les llama "Integrantes".

Texto oficial

Artículo 152.- Los pagos se efectuarán cada quince días en el lugar en que los Integrantes presten sus servicios y se harán precisamente en moneda nacional, ya sea en cheque o en depósito bancario.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal (pág. 136) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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