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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LPF_220814/168
Ley
REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Artículo
168

Artículo 168 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Manual de Previsión Social de la Institución va a tener las reglas extras que complementan lo que dice este capítulo. Ese manual explicará con más detalle cómo aplicar las normas. Todo lo que no esté escrito aquí, lo va a aclarar ese documento.

Texto oficial

Artículo 168.- El Manual de Previsión Social de la Institución desarrollará y establecerá las normas complementarias del presente capítulo. CAPÍTULO TERCERO DE LAS SITUACIONES DEL PERSONAL SECCIÓN PRIMERA CLASIFICACIÓN DE SUS INTEGRANTES

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal (pág. 139) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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