- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
- Artículo
- 179
Artículo 179 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si necesitas más tiempo del que te dieron de licencia (permiso para faltar al trabajo), tienes que pedir una prórroga antes de que se acabe. La solicitud la debes hacer por medio de tu jefe directo, o sea, la persona que está arriba de ti en el trabajo. Además, asegúrate de que tu petición llegue a la persona o área que la va a revisar antes de que venza tu licencia, para que no quedes mal.
Texto oficial
Artículo 179.- En caso de que el Integrante necesite una prórroga de la licencia, lo solicitará con anticipación por conducto del superior jerárquico de quien dependa. Al presentar dicha solicitud deberá tomar las previsiones necesarias con la finalidad de que la misma sea recibida por la autoridad competente para resolverla antes de su vencimiento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.