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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LPF_220814/182
Ley
REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Artículo
182

Artículo 182 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si pides un permiso por asuntos personales, puedes salir del lugar donde lo solicitaste, pero tienes que ir a la instalación de la Institución más cercana que encuentres para presentarte y avisar por escrito que ya estás ahí.

Texto oficial

Artículo 182.- Cuando se disfruten licencias por motivos particulares, los Integrantes podrán salir de la plaza donde la solicitaron, debiendo presentarse e informar por escrito en la instalación de la Institución más cercana.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal (pág. 140) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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