Artículo 190 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La remoción significa que te corren de la institución donde trabajas por haber hecho algo mal en tu chamba o por no cumplir con tus obligaciones. La institución no tiene ninguna culpa ni te debe nada cuando pasa esto. Solo aplica si lo que hiciste está considerado como falta en el reglamento interno. En pocas palabras, es un despido por tu culpa.
Texto oficial
Artículo 190.- La remoción es la terminación de la relación administrativa entre la Institución y el infractor, sin responsabilidad para aquélla, por incurrir en responsabilidad en el desempeño de sus funciones o incumplimiento de sus deberes, de conformidad con las disposiciones relativas al régimen disciplinario.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.