Artículo 191 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Consejo Federal tiene que enviar una copia oficial de su decisión al Secretario General, al sistema de información de la Secretaría y al jefe directo de la persona involucrada. Esto es para que todos estén enterados de lo que se resolvió. La copia certificada es como un documento firmado que comprueba que es oficial.
Texto oficial
Artículo 191.- El Consejo Federal remitirá copia certificada de la resolución al Secretario General, al sistema de información de la Secretaría y al superior jerárquico.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.