Artículo 51 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 51 dice que una oficina llamada Dirección General de Reclutamiento y Manejo de Fuentes de Información tiene cuatro tareas principales: primero, buscar personas o lugares que puedan dar datos sobre delitos, usando métodos de investigación. Segundo, planear y revisar cómo se recolecta y maneja esa información. Tercero, asegurarse de que todos los documentos que se generen con esos datos estén bien guardados y ordenados. Y cuarto, hacer cualquier otro trabajo que le pidan las leyes o su jefe directo.
Texto oficial
Artículo 51.- Corresponde a la Dirección General de Reclutamiento y Manejo de Fuentes de Información: I. Identificar mediante las técnicas de investigación, las fuentes que proporcionen información relacionada con la comisión de delitos; II. Diseñar y supervisar las acciones para la recolección y manejo de fuentes de información; III. Supervisar el desarrollo del acervo documental derivado de la información extraída mediante las fuentes de información, y IV. Las demás que le confieran este Reglamento, otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior de quien dependa.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.