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Ley
REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Artículo
50

Artículo 50 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección General de Operaciones e Infiltración tiene la tarea de conseguir información importante sobre delitos para prevenirlos y combatirlos. También hacen trabajo en la calle, usando equipo técnico y personal especializado, para obtener datos útiles. Además, pueden realizar operaciones encubiertas (agentes que se hacen pasar por otra persona) y usar "usuarios simulados" (perfiles falsos, por ejemplo en redes sociales). Planean y dirigen estas estrategias, movilizando los recursos necesarios para todo esto. Por último, pueden hacer otras tareas que les encarguen el reglamento, las leyes o su jefe directo.

Texto oficial

Artículo 50.- Corresponde a la Dirección General de Operaciones e Infiltración: I. Obtener datos que aporten información sustantiva sensible de aquellos casos determinantes en la prevención y, en el ámbito de su competencia, combate al delito; II. Realizar trabajo de campo con personal y equipo técnico que permita la obtención de información sustantiva para la prevención y, en el ámbito de su competencia, combate al delito; III. Ejecutar los métodos para llevar a cabo operaciones encubiertas y de usuarios simulados; IV. Planear las operaciones encubiertas y/o usuarios simulados para la prevención de los delitos; V. Dirigir la estrategia necesaria para la creación de usuarios simulados; VI. Dirigir estrategias de prevención, acción y movilización de recursos necesarios para operaciones encubiertas, y VII. Las demás que le confieran este Reglamento, otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior de quien dependa.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal (pág. 73) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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