Artículo 49 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla de lo que tiene que hacer un área específica de la policía, que se encarga de usar cámaras y tecnología para prevenir delitos. Su trabajo es ayudar a otras áreas de la institución grabando video o tomando fotos con equipo moderno, tanto en operativos fijos como en movimiento. También se encargan de guardar toda esa información de manera legal y respetando los derechos de las personas, y de mantener el equipo en buen estado para que funcione bien. Además, pueden hacer otras tareas que les pida su jefe directo o que indiquen otras leyes.
Texto oficial
Artículo 49.- Corresponde a la Dirección General del Desarrollo y Operación de Coberturas: I. Colaborar con las diferentes áreas de la Institución en el desarrollo de operativos de prevención y, en el ámbito de su competencia, combate del delito mediante la obtención de información gráfica y videográfica, con tecnologías de vanguardia; II. Apoyar los operativos de revisión en puntos estratégicos con la utilización de tecnologías móviles que permitan detectar probables hechos delictivos en el ámbito de su competencia; III. Generar información gráfica derivada del monitoreo en puntos estratégicos que se realice con los diferentes equipos tecnológicos de punta, a solicitud de autoridades competentes; IV. Administrar la información gráfica y videográfica generada en los distintos operativos de la Institución que den cuenta del desarrollo de éstos, dentro del marco de la ley y con respeto a los derechos humanos; V. Asegurar el adecuado funcionamiento del equipo de captación y procesamiento de información gráfica; VI. Desarrollar mecanismos para la instalación de equipo tecnológico para vigilancias en puntos fijos y móviles, y VII. Las demás que le confieran este Reglamento, otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior de quien dependa. REGLAMENTO DE LA LEY DE LA POLICÍA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 22-08-2014 73 de 154
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.