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Artículo 21 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto puede usar cualquier tipo de tecnología o material, ya sea que exista ahora o se invente en el futuro, como digitalizar documentos, grabarlos en discos o guardarlos en memorias electrónicas. Todo esto es para almacenar, copiar y conservar los papeles que están en los expedientes. La idea es que sea más fácil guardarlos, consultarlos y sacar copias cuando los necesites.

Texto oficial

ARTICULO 21.- El Instituto podrá utilizar cualquier forma o soporte material, conocido o por conocerse, incluida la digitalización, grabación en discos ópticos, en medios de almacenamiento de datos REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-12-2016 8 de 27 o electrónicos, que permitan el almacenamiento, reproducción y conservación de los documentos que obran en los expedientes a fin de facilitar su custodia, consulta y expedición de copias de los mismos. Artículo reformado DOF 16-12-2016 TITULO SEGUNDO DE LAS INVENCIONES, MODELOS DE UTILIDAD Y DISEÑOS INDUSTRIALES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.