Artículo 13 del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La certificación orgánica que hace la Secretaría (a través del SENASICA) se lleva a cabo con las mismas reglas técnicas y de funcionamiento que usa un Organismo de Certificación Orgánica. Esto significa que no existe un trato especial ni más fácil para los productos que revisa el gobierno. Tanto los organismos privados como el gobierno deben seguir los mismos pasos y requisitos para dar el sello de orgánico. Así, se garantiza que todos los productos certificados como orgánicos cumplen con los mismos estándares, sin importar quién haga la revisión.
Texto oficial
Artículo 13.- La certificación orgánica que realice la Secretaría por conducto del SENASICA, se realizará bajo las mismas consideraciones técnicas y operativas que las que efectúa un Organismo de Certificación Orgánica.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.