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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética
Artículo
4

Artículo 4 del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Aquí está la explicación en lenguaje simple del artículo. Este artículo dice que la Secretaría (la dependencia del gobierno que se encarga de esto) va a trabajar junto con otras oficinas del gobierno federal. Cada una se encargará de lo que le toca según sus propias reglas. El objetivo de este trabajo en equipo es que los productos orgánicos sean 100% auténticos y de buena calidad. También se busca que la gente del campo que se dedica a la siembra y cría de animales orgánicos tenga una mejor vida y más oportunidades, todo de una manera que cuide el medio ambiente a largo plazo.

Texto oficial

Artículo 4.- La coordinación de acciones que tenga la Secretaría con las dependencias de la Administración Pública Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, y que se celebren conforme el objeto de la Ley, se hará con la finalidad de garantizar la integridad orgánica de los productos y mejorar las condiciones sociales y económicas de manera sustentable de la población rural dedicada a las actividades agropecuarias de la producción orgánica. CAPÍTULO II DE LA CONVERSIÓN

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética (pág. 2) ↗

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