Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LPO/59
Ley
REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética
Artículo
59

Artículo 59 del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a trabajar en equipo con dependencias del gobierno federal, gobiernos estatales y municipales, empresas privadas, organizaciones civiles, universidades y centros de investigación. El objetivo es organizar pláticas, cursos, talleres y reuniones para compartir información y experiencias sobre temas importantes. Todo esto se hace para promover la producción orgánica (productos hechos sin químicos artificiales) y ayudar a que se vendan mejor tanto en México como en el extranjero.

Texto oficial

Artículo 59.- La Secretaría conjuntará esfuerzos con las diversas dependencias públicas, Entidades Federativas, y Municipales, instituciones privadas, organizaciones no gubernamentales, universidades e instituciones académicas y de investigación, para organizar cursos, talleres, conferencias y foros, para difundir e intercambiar experiencias en los temas de relevancia, con el objeto de impulsar la producción orgánica y el aprovechamiento de los mercados nacional e internacional.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.