- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética
- Artículo
- 66
Artículo 66 del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cualquier persona puede presentar una denuncia, solo necesitas dar los datos que ayuden a encontrar la fuente del problema o tu nombre y dirección. Con eso ya es suficiente para que le den seguimiento. No importa si eres experto en leyes, cualquier ciudadano lo puede hacer. La autoridad no te va a pedir más requisitos de los necesarios.
Texto oficial
Artículo 66.- La denuncia podrá presentarse por cualquier ciudadano, bastando, para darle curso, que se señalen los datos necesarios que permitan localizar la fuente o el nombre y domicilio del denunciante.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.