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Ley
REGLAMENTO de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas
Artículo
4

Artículo 4 del REGLAMENTO de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que el Mecanismo (una especie de grupo o sistema de trabajo) está formado por tres partes para que pueda hacer su labor: la Junta de Gobierno (los jefes que toman las decisiones), el Consejo Consultivo (un grupo que da consejos) y la Coordinación Ejecutiva Nacional (quien se encarga de que todo funcione en la práctica). Además, la Secretaría de Gobernación (una dependencia del gobierno federal) es la que se encarga de ponerlo a trabajar y operarlo.

Texto oficial

Artículo 4.- El Mecanismo, para el cumplimiento de su objeto y el ejercicio de sus funciones, está integrado por los órganos siguientes: I. Junta de Gobierno; II. Consejo Consultivo, y III. Coordinación Ejecutiva Nacional. El Mecanismo será operado por la Secretaría de Gobernación.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas (pág. 2) ↗

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