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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LPTE/133
Ley
REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética
Artículo
133

Artículo 133 del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cuando una autoridad te avise sobre una decisión o documento basado en la ley, debe hacerlo siguiendo reglas específicas. Esas reglas están detalladas en una parte especial de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. La autoridad no te puede notificar de cualquier forma, sino que debe cumplir con ciertos pasos para que el aviso sea legal y válido.

Texto oficial

Artículo 133. Las notificaciones de las resoluciones y actos que se emitan con motivo de la aplicación de la Ley, el Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables deben efectuarse de conformidad con las formalidades establecidas en el Título Tercero, Capítulo Sexto de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética (pág. 23) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.