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Artículo 2 del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Energía es la que se encarga de planear cómo va a funcionar el sector energético en México, y esa planeación es obligatoria para todos los que participan en él. Esa planeación se vuelve realidad a través de unos documentos llamados Instrumentos de Planeación del Sector Energético y también mediante reglas generales que la misma Secretaría emite. Para que todo esto funcione bien y se cumpla, la Secretaría recibe ayuda del Consejo de Planeación Energética, que se encarga de coordinar y darle seguimiento al plan.

Texto oficial

Artículo 2. La planeación vinculante del Sector Energético la realiza la Secretaría de Energía y se materializa mediante lo establecido en los Instrumentos de Planeación del Sector Energético y el cumplimiento de las disposiciones administrativas de carácter general para la planeación vinculante que esta expida. La Secretaría de Energía cuenta con el apoyo del Consejo de Planeación Energética para la coordinación y seguimiento de la planeación vinculante.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.