Artículo 39 del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Además de las metas que ya están en la Estrategia (que salen de los artículos 25 y 26 de esta Ley), la Secretaría puede crear otras metas nuevas. Esto lo puede hacer siguiendo lo que dicen los artículos 24 y 25 de su Reglamento. Básicamente, la Secretaría tiene permiso para fijar objetivos extras si los necesita, siempre y cuando se apegue a esas reglas.
Texto oficial
Artículo 39. Además de las metas referidas en los artículos 25 y 26 de la Ley que se establezcan en la Estrategia, la Secretaría puede establecer otras metas conforme a lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del Reglamento. Capítulo IV Del Plan para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía
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