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Artículo 42 del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 42 dice que, para hacer o actualizar el PLATEASE (que es el plan de ahorro de energía del gobierno), la Secretaría de Energía puede pedir información a la CONUEE, PEMEX, CFE y otras empresas obligadas. Esa información debe ser sobre cómo ahorran energía en sus programas o planes de eficiencia. Además, PEMEX y CFE tienen que darle a la Secretaría los datos de su Plan de Sostenibilidad, que es cómo piensan cuidar el medio ambiente. El PLATEASE también debe incluir un listado de tecnologías nuevas, formas de administrar la energía y las mejores prácticas para ahorrar electricidad. Para eso, la Secretaría puede pedir ayuda a la CONUEE.

Texto oficial

Artículo 42. Para la elaboración o actualización del PLATEASE, además de lo señalado en los artículos 29 y 30 de la Ley, la CONUEE, PEMEX, CFE y cualquier otra Parte Sujeta de Obligación deben proporcionar a la Secretaría la información que esta le solicite sobre los escenarios de ahorro de energía en sus programas o planes de Eficiencia Energética. Asimismo, PEMEX y CFE deben proporcionar a la Secretaría información sobre su Plan de Sostenibilidad. Además, el PLATEASE debe incluir un catálogo de nuevas tecnologías, sistemas de gestión y mejores prácticas para impulsar la Eficiencia Energética. Para tal efecto, la Secretaría puede solicitar el apoyo de la CONUEE.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.