Artículo 92 del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un negocio o casa que gasta mucha electricidad, para registrarte en el padrón de grandes consumidores (el Registro UPAC) necesitas demostrar que tus instalaciones cumplen con las reglas que ponga la CONUEE, que es la autoridad en ahorro de energía. Sin ese permiso, no puedes entrar al programa que controla a los que usan mucha luz.
Texto oficial
Artículo 92. Las personas Usuarias Finales que soliciten su inscripción en el Registro UPAC deben acreditar que las instalaciones a registrar cumplen con los criterios y requisitos que sean emitidos por la CONUEE en las disposiciones administrativas de carácter general aplicables para ser considerado Usuario de Patrón de Alto Consumo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.