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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética
Artículo
94

Artículo 94 del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La CONUEE (Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía) es la institución encargada de checar y darle seguimiento a la información que está en el Registro UPAC. Su trabajo es asegurarse de que los datos sean verdaderos y estén actualizados, para que no haya información falsa o retrasada. Todo esto lo hace siguiendo lo que dice la Ley y este Reglamento. Básicamente, es como un vigilante que revisa que todo esté en orden.

Texto oficial

Artículo 94. La CONUEE debe realizar las acciones de verificación y seguimiento de la información contenida en el Registro UPAC, para asegurar su veracidad y oportunidad, de acuerdo con las facultades establecidas en la Ley y el presente Reglamento.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética (pág. 17) ↗

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