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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Pesca
Artículo
130

Artículo 130 del REGLAMENTO de la Ley de Pesca

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para mover peces vivos o cualquier especie acuática (en cualquier etapa, desde crías hasta adultos) de una granja a otra, o llevarlos a un lago o río federal diferente, o enviarlos al extranjero, necesitas un certificado de sanidad acuícola. Ese documento lo emite la Secretaría de Agricultura o empresas especializadas autorizadas. También se requiere ese certificado si capturas animales acuáticos de la naturaleza y los quieres usar para criarlos en granjas.

Texto oficial

Artículo 130.- Se requerirá del certificado de sanidad acuícola expedido por la Secretaría o por terceros acreditados y aprobados, en los casos siguientes: I. Cuando las especies acuícolas vivas, en cualesquiera de sus fases de desarrollo, se produzcan en instalaciones ubicadas en el territorio nacional y se movilicen de una granja a otra o se pretendan introducir a un cuerpo de agua de jurisdicción federal distinto, o se destinen a la exportación, y II. Cuando se capturen de poblaciones naturales y se destinen a la acuacultura.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Pesca (pág. 38) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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