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Artículo 42 del REGLAMENTO de la Ley de Pesca

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres obtener un permiso especial (llamado concesión) para pescar de forma comercial, debes cumplir varios requisitos. Primero, tienes que presentar una solicitud por escrito donde expliques qué especies quieres pescar, cómo es tu barco y tus herramientas de pesca, en qué zona vas a pescar, desde qué puerto sales y dónde dejarás el pescado. También debes incluir un estudio técnico y económico de tu proyecto, que muestre cómo piensas capturar, guardar y procesar el pescado, cuánto dinero vas a invertir y cuántos empleos vas a crear. Además, necesitas un programa de operación y producción, y documentos que comprueben que tu embarcación tiene matrícula mexicana o está en trámite. Si tu negocio incluye un barco-fábrica o una planta flotante, tendrás que dar información extra sobre los equipos de a bordo y cómo vas a recibir los productos del mar para procesarlos.

Texto oficial

Artículo 42.- Los interesados en obtener una concesión para la pesca comercial deberán cumplir los requisitos siguientes: I. Presentar solicitud por escrito, la que contendrá la información siguiente: a) Nombre de la especie o especies que pretendan capturarse, b) Nombre, características y dimensiones de la embarcación, equipos y artes de pesca a utilizar, c) Zona de pesca, puerto base y sitios de desembarque, d) El nombre y ubicación de los bancos o campos que desean explotarse, para las especies sésiles o sedentarias, REGLAMENTO DE LA LEY DE PESCA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 28-01-2004 13 de 48 e) Delimitar mediante coordenadas geográficas la poligonal de la zona que se pretende en concesión, cuando se trate de aguas interiores o de especies sésiles o no migratorias, utilizando al efecto planos o mapas oficiales que señale la autoridad y f) Manifestar la duración por la que pretenda sea otorgada la concesión; II. Certificado de matrícula y bandera mexicana o pasavante de navegación cuando el certificado de matrícula se encuentre en trámite o, en su caso, el programa de construcción; III. Estudio técnico y económico, el cual deberá contener: a) Técnicas y métodos de captura, b) Infraestructura de manejo, conservación e industrialización de las capturas, c) Monto de la inversión y análisis financiero del proyecto y d) Empleos a generar; IV. Programa de operación y producción; V. Tratándose de concesiones para la operación de barcos-fábrica, el solicitante proporcionará además, la información siguiente: a) Descripción de las especificaciones técnicas y capacidad de los equipos e instalaciones a bordo del barco-fábrica para el proceso, conservación y empaque de las capturas y b) Descripción de las líneas de procesamiento de las capturas, y VI. Tratándose de concesiones para las plantas flotantes, además de la información señalada en la fracción anterior, los solicitantes informarán el sitio de ubicación de la planta, y la forma y mecanismos de adquisición o acopio de los productos pesqueros a utilizar como materia prima para su procesamiento industrial.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.