Artículo 126 del REGLAMENTO de la Ley de Puertos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En los puertos o lugares de carga donde haya barcos tanque, si no hay tanques especiales para recibir el agua sucia que usan para estabilizarse, solo podrán trabajar los barcos que tengan tanques aparte para esa agua. Esto significa que el barco debe tener un espacio separado para el agua de lastre, así no mezcla residuos con el agua limpia. La ley busca evitar que se contamine el puerto con agua sucia.
Texto oficial
Artículo 126. En Puertos o cargaderos donde operen buques tanque, en los cuales no se cuente con depósitos de recepción de lastre sucio, solamente podrán operar los buques que estén dotados con tanques de lastre segregado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.