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Artículo 14 del REGLAMENTO de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que te registren tu título o grado académico, tienes que pedirlo en la Dirección General de Profesiones. Tu solicitud debe estar firmada e incluir tu nombre, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, tu CURP, el nombre de la escuela que te lo dio y la fecha en que lo expedieron. Además, debes adjuntar un archivo electrónico con el documento original del título, cumpliendo ciertas características. Si tu título es del extranjero y es válido allá, necesitas agregar la revalidación oficial, y puedes mandar ambos documentos escaneados a color por ambos lados.

Texto oficial

ARTICULO 14.- Para obtener el registro de un título profesional o grado académico, el interesado deberá presentar en la Dirección General de Profesiones una solicitud firmada en la que contenga: I.- Su nombre, lugar y fecha de nacimiento, así como su nacionalidad; II.- Clave Única de Registro de Población; III.- Nombre o denominación de la institución que le otorgó el título profesional o grado académico, y IV.- Fecha de emisión del título profesional o del grado académico. A esta solicitud deberá adjuntarse el archivo electrónico que contenga el original del título profesional o grado académico, con las características señaladas en el artículo 11 de este Reglamento. En el caso de títulos profesionales o grados académicos expedidos en el extranjero y que cuenten con validez oficial en el país de origen, irán acompañados de la revalidación correspondiente emitida en términos de las disposiciones aplicables, dichos documentos podrán presentarse escaneados a color en su anverso y reverso. Artículo reformado DOF 08-05-1975, 05-04-2018

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.