Artículo 13 del REGLAMENTO de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 13 fue eliminado de la ley desde 1975, así que ya no aplica ni tiene ningún efecto legal. "Derogar" significa que se quitó oficialmente del código, como cuando borras una regla que ya no sirve. El capítulo III hablaba sobre cómo hacer trámites ante la Dirección General de Profesiones, pero no te preocupes por este artículo porque ya no existe.
Texto oficial
ARTICULO 13.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 08-05-1975 CAPITULO III Tramitación ante la Dirección General de Profesiones
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.