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- Ley
- REGLAMENTO de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal
- Artículo
- 36
Artículo 36 del REGLAMENTO de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no existe. "Derogar" significa que se canceló o eliminó oficialmente. El artículo 36 fue quitado de la ley desde el 8 de mayo de 1975, por lo que ya no tiene efecto ni se aplica. En pocas palabras, es como si ese artículo hubiera sido borrado y ya no debes tomarlo en cuenta para nada.
Texto oficial
ARTICULO 36.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 08-05-1975
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.