Artículo 12 del REGLAMENTO de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te reconocen como refugiado o te dan protección complementaria, no te van a castigar por haber entrado a México de manera irregular, es decir, sin papeles o por un lugar no autorizado. Esto significa que no te multarán ni te deportarán solo por haber llegado así, siempre y cuando ya tengas ese estatus. La ley protege a las personas que necesitan refugio, aunque hayan cruzado la frontera sin los documentos oficiales. Lo único que importa es que hayas solicitado y obtenido ese reconocimiento o protección.
Texto oficial
Artículo 12.- No se impondrá sanción alguna por ingreso irregular al país, al extranjero que sea reconocido como refugiado o que se le otorgue protección complementaria.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.