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Ley
REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Artículo
122

Artículo 122 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te mandan un aviso por correo electrónico, ese aviso cuenta como si te lo hubieran entregado al siguiente día hábil (día que no es sábado, domingo ni feriado). Los plazos o fechas límite que tengas para hacer algo empiezan a contar un día después de que el aviso ya surtió efecto. Pero si tú o tu representante legal se adelantan y le dicen por escrito a la autoridad que ya conocen el aviso, entonces ese conocimiento cuenta como notificación desde el momento en que lo dijeron, aunque sea antes del día en que normalmente hubiera valido.

Texto oficial

ARTÍCULO 122. Las notificaciones a través de correo electrónico surtirán sus efectos el día hábil siguiente a aquél en que fueron practicadas y el cómputo de los plazos empezará a correr a partir del día hábil siguiente a aquél en que surta efectos la notificación. La manifestación que haga el interesado o su representante legal de conocer el acto administrativo, surtirá efectos de notificación en forma desde la fecha en que se manifieste haber tenido tal conocimiento, si ésta es anterior a aquella en que debiera surtir efectos la notificación de acuerdo con el párrafo anterior.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (pág. 35) ↗

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