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Artículo 32 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las administradoras (que son las empresas que manejan tu ahorro para el retiro) pueden crear cuentas extra además de las que ya están definidas en este reglamento. Esto lo hacen para darte más opciones de ahorro, tanto si eres trabajador afiliado como si no. Pero solo pueden hacerlo si siguen las reglas generales que ponga la Comisión (que es la autoridad que las supervisa). En pocas palabras, pueden ofrecerte otras maneras de guardar dinero, siempre con permiso de quien regula el sistema.

Texto oficial

ARTÍCULO 32. Las Administradoras podrán establecer subcuentas adicionales a las señaladas en el presente Reglamento, para otorgar opciones de ahorro a los Trabajadores y a los Trabajadores no Afiliados, conforme a las disposiciones de carácter general que emita la Comisión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.