Artículo 42 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La ley dice que ninguna administradora de ahorro para el retiro (Afores, como las conoces) puede negarse a hacer el traspaso de tu dinero de una a otra solo porque estés o no afiliado a un sindicato. Si cumples con todos los requisitos que marca la ley, tanto la Afore de la que te quieres salir como la nueva están obligadas a procesar tu cambio. En pocas palabras, no te pueden discriminar ni poner trabas por tu situación sindical al momento de cambiarte de Afore. Esto aplica siempre y cuando hayas seguido los pasos y tengas todo en orden según las reglas oficiales.
Texto oficial
ARTÍCULO 42. En ningún caso podrán ser discriminados los Trabajadores o los Trabajadores no Afiliados, por lo que la Administradora Receptora y la Administradora Transferente no podrán negarse a efectuar el Traspaso solicitado, cuando se cumpla con las disposiciones legales establecidas al efecto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.