Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 94 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 94 dice que si eres trabajador del gobierno (estatal o municipal), puedes sacar dinero de tu ahorro voluntario en la afore, pero siguiendo las reglas que ponga el fondo de inversión donde tienes tu dinero. Esas reglas están explicadas en un documento llamado prospecto de información, que te dice cómo y cuándo puedes hacer el retiro. Todo esto debe cumplir con lo que marca el artículo 79 de la misma ley. En pocas palabras, sí puedes retirar tu ahorro voluntario, pero debes checar cómo lo permite tu afore.

Texto oficial

ARTÍCULO 94. Los Trabajadores Estatales o Municipales, tendrán derecho a hacer retiros de la subcuenta de aportaciones voluntarias en los términos que establezca el prospecto de información de cada Sociedad de Inversión de conformidad con lo establecido por el artículo 79 de la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.