Artículo 101 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La empresa de gas (Transportista o Distribuidora) puede revisar tu medidor para asegurarse de que funcione bien, no esté alterado y cobre lo correcto. Si encuentra fallas, errores en tu recibo o que alguien lo usó indebidamente, lo detectará en esa revisión. Además, si quiere, puede pedir ayuda a técnicos externos o inspectores especializados para hacer la revisión. Esto lo puede hacer sin pedirte permiso, porque es parte de su trabajo como empresa de servicio.
Texto oficial
Artículo 101. Como consecuencia de la naturaleza comercial de las actividades que realiza la Transportista o la Distribuidora, estas pueden llevar a cabo la revisión de los Sistemas de Medición vinculados a los servicios que prestan, lo anterior con la finalidad de comprobar el correcto funcionamiento e integridad entre otros, del Sistema de Medición y demás elementos que los componen, así como detectar anomalías por uso indebido, falla de medición o error de facturación. Sin perjuicio de su ejercicio directo, para efectuar la revisión a que se refiere este Capítulo, la Transportista o la Distribuidora pueden auxiliarse de terceras personas especialistas, unidades de verificación o inspección.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.