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Artículo 146 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el apagón o corte de luz dura más del tiempo que la Comisión Nacional de Energía permite, y no fue por una emergencia grave como un desastre natural o un mantenimiento planeado, la empresa que te da el servicio (CENACE o la Suministradora) está obligada a bonificarte, es decir, a descontarte en tu recibo una cantidad igual al doble de lo que te hubiera costado la energía que no recibiste. Para calcular ese monto, se toma como referencia el consumo y el precio promedio que pagaste en tu factura del periodo anterior al corte. Además, si la culpa fue de otra empresa (como la que transmite o distribuye la electricidad), la empresa que te bonificó puede cobrarle a esa empresa responsable, según lo que digan sus contratos.

Texto oficial

Artículo 146. En el caso de suspensiones del Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica o del Suministro Eléctrico ocasionadas por causas distintas a las señaladas en el artículo 56 de la Ley, que tengan una duración mayor que la establecida por la CNE en materia de Continuidad, el CENACE o la Suministradora deben bonificar a las Usuarias Finales, al expedir la factura respectiva, una cantidad igual a dos veces el importe del Suministro Eléctrico que hubiere estado disponible de no ocurrir la suspensión y que la Usuaria Final hubiere tenido que pagar. Para calcular dicho importe se debe tomar como base el consumo y el precio medio de la factura del período anterior a la suspensión. Los importes por bonificaciones que el CENACE o la Suministradora hayan realizado a las Usuarias Finales en los supuestos del presente artículo, puede requerirlos a la Suministradora, la Transportista o la Distribuidora responsable, de conformidad con lo establecido en los respectivos contratos celebrados entre el CENACE, la Transportista, la Distribuidora y las Suministradoras.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.