Artículo 163 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 163 dice que si una persona o negocio recibe electricidad a través del Suministro de Último Recurso (un servicio temporal para cuando no hay un proveedor regular), no puede quedarse así para siempre. Los tiempos y las reglas para usar este servicio los va a poner la Comisión Nacional de Energía (CNE) en unas normas generales. En pocas palabras, este tipo de suministro es solo un parche por un rato, no una solución definitiva.
Texto oficial
Artículo 163. Una Usuaria Final que recibe Suministro de Último Recurso no debe permanecer en esta situación indefinidamente. Los plazos, términos y condiciones para recibir Suministro de Último Recurso deben definirse en las disposiciones administrativas de carácter general que emita la CNE. Capítulo II De los Pequeños Sistemas Eléctricos
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.