Artículo 164 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un pequeño sistema eléctrico es como una red de luz que funciona por su cuenta, sin estar conectada de forma fija a la red grande de todo el país. Este sistema debe tener una demanda de electricidad de entre 5 y 100 megawatts (MW), que es más o menos lo que consume un pueblo o una zona industrial chica. Además, estos sistemas tienen reglas especiales para operar, según lo que digan las Reglas de Mercado, porque no siguen el mismo funcionamiento que la red nacional.
Texto oficial
Artículo 164. Se entiende por pequeño sistema eléctrico aquel que no se encuentra interconectado de forma permanente a la Red Nacional de Transmisión, ni a las Redes Generales de Distribución, con una demanda a partir de 5 MW no mayor a 100 MW. REGLAMENTO DE LA LEY DEL SECTOR ELÉCTRICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 03-10-2025 38 de 71 Estos sistemas se deben regular y operar conforme a lo previsto en las Reglas de Mercado, mediante criterios especiales de operación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.