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Artículo 167 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El CENACE (el encargado de controlar el sistema eléctrico) y la Empresa Pública del Estado pueden hacer propuestas para el plan de desarrollo eléctrico. Esas propuestas pueden incluir cómo juntar pequeños sistemas eléctricos (como redes locales o aisladas) con el sistema grande. Esto siempre debe seguir lo que dice la Ley y este reglamento. Básicamente, pueden planear conectar comunidades o zonas pequeñas a la red eléctrica nacional, pero sin saltarse las reglas.

Texto oficial

Artículo 167. Las propuestas que elabore el CENACE en coordinación con la Empresa Pública del Estado para el Plan de Desarrollo del Sector Eléctrico pueden incluir propuestas de integración de pequeños sistemas eléctricos conforme a lo dispuesto en la Ley y el presente reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.