Artículo 176 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La Comisión Nacional de Energía debe crear formas de vigilar cómo funcionan las micro-redes (que son sistemas pequeños de electricidad que pueden operar solos o conectados a la red principal). Esa supervisión puede revisar cosas técnicas, pedir reportes o darle seguimiento a cómo operan en el día a día.
Texto oficial
Artículo 176. La CNE debe establecer mecanismos de supervisión para micro-redes, los cuales pueden incluir aspectos técnicos, de reporte y de seguimiento operativo. Capítulo III Del Mercado Eléctrico Mayorista
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.