Artículo 183 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Energía puede hacer acuerdos con otros países para que los Certificados de Energías Limpias que se dan en México sean reconocidos como válidos allá, y viceversa. Para que esto sea posible, esos acuerdos tienen que cumplir con reglas muy específicas de que la energía se pueda rastrear, verificar y, si hace falta, certificar de manera oficial. La misma Secretaría va a publicar un documento con todos los requisitos que se deben seguir en estos casos. En pocas palabras, buscan que los certificados mexicanos no pierdan su validez si se usan en el extranjero.
Texto oficial
Artículo 183. La Secretaría puede celebrar convenios que permitan la homologación de los Certificados de Energías Limpias con los instrumentos correspondientes de otras jurisdicciones, siempre que se cumplan los criterios REGLAMENTO DE LA LEY DEL SECTOR ELÉCTRICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 03-10-2025 41 de 71 de trazabilidad, verificabilidad y en su caso de certificación que determine la Secretaría mediante el instrumento normativo que para tales efectos emita.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.