Artículo 20 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las empresas que generan electricidad (las Generadoras) son las responsables de cualquier problema que pueda retrasar, detener o cambiar cómo funciona su planta de luz, o que afecte que haya electricidad disponible. Esto aplica siempre, en cualquier situación, excepto cuando sea algo que no pudieron evitar, como un terremoto, huracán o accidente grave que esté fuera de su control. A esos casos se les llama "evento fortuito" o "causa de fuerza mayor". En resumen, si algo sale mal con la generación de luz, la empresa se hace cargo, a menos que sea una catástrofe que nadie pueda prever o impedir.
Texto oficial
Artículo 20. Las Generadoras asumen, en todo momento, los riesgos derivados de cualquier circunstancia que pueda impedir, retrasar o modificar las condiciones de operación o funcionamiento de la Central Eléctrica y la disponibilidad de energía eléctrica, salvo aquellos que constituyan un evento fortuito o causa de fuerza mayor.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.