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Artículo 21 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Energía, junto con la Comisión Nacional del Electricidad (CNE), tiene que publicar reglas generales para que funcionen los distintos tipos de servicio de luz en México. Esas reglas deben explicar claramente tres formas de suministro: - **Suministro Básico**: el que llega a tu casa o negocio pequeño. - **Suministro Calificado**: para empresas o grandes consumidores que eligen a su proveedor. - **Suministro de Último Recurso**: cuando un usuario se queda sin proveedor y recibe luz de respaldo. Todo esto debe hacerse siguiendo lo que dice el artículo 65 de la Ley y lo que marca este reglamento.

Texto oficial

Artículo 21. Las disposiciones administrativas de carácter general en las que la Secretaría, en coordinación con la CNE, establece las condiciones generales mediante las cuales se deben desarrollar las actividades del Suministro Eléctrico, deben incluir las modalidades de Suministro Básico, Suministro Calificado y Suministro de Último Recurso, en términos del artículo 65 de la Ley y conforme a lo previsto en el presente reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.