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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSE/205
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Artículo
205

Artículo 205 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La autorización definitiva que da la Secretaría de Energía es como un "visto bueno" que se necesita antes de empezar a construir cualquier proyecto de energía, como una planta, un ducto o una refinería. Sin ese permiso, ni las empresas del gobierno ni las privadas pueden poner el primer ladrillo. La Manifestación de Impacto Social es un estudio que deben presentar para explicar cómo afectará el proyecto a las comunidades. Así que primero se revisa ese trámite, se aprueba, y solo después se puede construir.

Texto oficial

Artículo 205. La autorización definitiva que emita la Secretaría sobre la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético es un requisito obligatorio previo a que la Empresa Pública del Estado o las personas interesadas en obtener un permiso o una autorización inicien la construcción de la infraestructura.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico (pág. 44) ↗

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