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Artículo 232 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 232 está hablando del Padrón Nacional de Peritos, que es una lista oficial de expertos que está a cargo del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. Ese padrón funciona según sus propias reglas, así que si alguien quiere inscribirse para ser perito, tiene que cumplir con esos requisitos y procedimientos que marca la ley. Básicamente, no es un trámite sencillo o automático; hay que seguir las reglas del Instituto para poder entrar a esa lista.

Texto oficial

Artículo 232. Para efectos de lo previsto en el artículo 94 de la Ley, el padrón corresponde al Padrón Nacional de Peritos a cargo del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, el cual se rige por la normatividad aplicable, por lo que las personas interesadas en formar parte del mismo, deben sujetarse a lo previsto en dicha normativa.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 51) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.