Artículo 252 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría o la CNE tienen hasta 40 días hábiles (contando solo lunes a viernes, sin días feriados) después de que termines de dar tus pruebas y observaciones para tomar una decisión final. En esa resolución te dirán si estás en orden o si hay algún problema. Es como que después de que entregues tu tarea, ellos tienen un plazo fijo para darte tu calificación.
Texto oficial
Artículo 252. Dentro del plazo de cuarenta días hábiles siguientes a la conclusión del término otorgado a la persona visitada para formular observaciones y ofrecer pruebas, la Secretaría o la CNE, según corresponda, deben emitir la resolución que concluya el procedimiento de visita de verificación, en la cual se defina la situación jurídica de la persona visitada.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.