Artículo 256 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando la Secretaría de Energía o la Comisión Nacional de Electricidad te pidan información, tienes que responder por escrito y declarar de forma seria que todo lo que dices es cierto. Si mientes o entregas documentos falsos, tú eres el responsable de lo que pase, incluyendo multas o castigos legales. Si te citan a una reunión (comparecencia), al empezar te van a recordar que debes decir la verdad y te van a advertir las consecuencias de mentirle a una autoridad que no sea un juez. Siempre debes hablar con honestidad para evitar problemas graves.
Texto oficial
Artículo 256. Al desahogar los requerimientos que les sean formulados por la Secretaría o la CNE según corresponda, las personas requeridas deben manifestar por escrito, que declaran bajo protesta de decir verdad, que REGLAMENTO DE LA LEY DEL SECTOR ELÉCTRICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 03-10-2025 57 de 71 se conducen con verdad y que la información proporcionada es verídica, que asumen las consecuencias legales, responsabilidades y penas que deriven del uso de información o documentación falsa. En caso de comparecencias, al inicio de estas, las personas requeridas, deben ser protestadas para que se conduzcan con verdad y se les debe hacer saber las penas a que se hacen acreedoras si se incurre en falsedad al ser interrogadas por una autoridad distinta a la judicial en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.