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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSE/292
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Artículo
292

Artículo 292 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El consejo consultivo es un grupo de personas que ayuda al gobierno o a una institución dando su opinión, pero no toma decisiones. Sus funciones son las que ya están señaladas en otra parte de la ley. Todo lo que este consejo debe hacer se tiene que explicar en unas reglas especiales que digan cómo va a trabajar.

Texto oficial

Artículo 292. El consejo consultivo tiene las funciones de apoyo previstas en el último párrafo de la fracción I del artículo 107 de la Ley, mismas que deben ser desarrolladas en los lineamientos que regulen su funcionamiento.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico (pág. 63) ↗

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