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Artículo 46 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El CENACE (quien opera el sistema eléctrico), junto con la CNE (Comisión Nacional de Energía) y con permiso de la Secretaría de Energía, puede buscar formas de conseguir dinero para construir postes, cables y transformadores (infraestructura de transmisión). La idea es que ese dinero salga de un fondo especial y se use para mejorar la red eléctrica de todo el país. El objetivo es que la electricidad llegue a todos, sea más confiable, no dañe el ambiente y, sobre todo, que te cueste lo menos posible en tu recibo de luz.

Texto oficial

Artículo 46. El CENACE, en coordinación con la CNE y bajo autorización de la Secretaría, puede proponer y ejecutar mecanismos competitivos que permitan el fondeo de infraestructura de transmisión eficiente a través del uso del Fondo, con el objetivo de promover la expansión eficiente del Sistema Eléctrico Nacional, que permita asegurar la Eficiencia, Confiabilidad, Sostenibilidad y cobertura del servicio eléctrico al menor costo posible para las personas usuarias. TÍTULO TERCERO DE LA GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA Capítulo I De la Generación Distribuida

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.